¿Ideal civilizador y carta de navegación? (¿Un proceso constituyente canario? II)
“Por proceso constituyente canario hay que entender entonces el curso democrático de formación de un poder soberano, un poder nacional autocentrado que surja de la ciudadanía empoderada de las Islas. Este proceso habrá de ser contingentemente abierto y deberá luego continuar como curso democrático de realización de ese poder soberano en un segundo proceso, el proceso constituido canario, que igualmente habrá de ser abierto. Así, la constitución democrática ha de ser la bisagra entre los dos procesos, cierre del primero en tanto que su determinada consecuencia y apertura del segundo en tanto que su causa determinante”